El Certificado Final de Obra (CFO) es un documento que acredita que, a una fecha determinada, una edificación ha quedado terminada conforme con el proyecto para el que se obtuvo licencia.
El certificado final de obra:
- Debe ser firmado por el Director de obra y el Director de ejecución de obra.
- Debe ser visado por los respectivos colegios profesionales del director de obra y director de ejecución de obra.
- Debe adjuntar una relación de modificaciones introducidas en el proyecto durante la ejecución de la obra, con la conformidad del promotor y compatibles con las condiciones de la licencia.
- Debe adjuntar una relación de los controles realizados y sus resultados, solicitados por el director de ejecución de obra.
- Responsabiliza al Director de obra sobre la conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentación técnica que lo complementa.
- Responsabiliza al Director de ejecución de obra sobre la ejecución material de la misma, habiendo sido controlada cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el Proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción.
Según el Artículo 5 del Decreto 462/1971 de 11 de marzo. Normas sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.
En las obras de promoción privada, la certificación y el certificado finales de obra no podrán ser visados por los Colegios Profesionales sin la presentación simultanea del Libro de órdenes y asistencias debidamente cumplimentado.
Ejemplo de Certificado en pdf del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España y el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos para el doble visado colegial.
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